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Se atienden a las solicitudes para la comunicación y autorización de quemas en terrenos agrícolas y forestales de vegetación natural, agrícola y forestal, así como el traslado de las solicitudes a la Consejería de Medio Ambiente, para facilitar al ciudadano la obtención y tramitación del permiso.
Según lo establecido por el Decreto 371/2010, de 14 de septiembre, Alhaurín el Grande se encuadra dentro de los municipios incluidos dentro de las ZONAS DE PELIGRO, debido a su afectación por el riesgo de incendios forestales, estando sujeto a las directrices establecidas por la legislación en ésta materia.
Se denomina ZONA DE INFLUENCIA FORESTAL a la franja circundante de los terrenos forestales con una anchura de 400 metros. Dentro de ésta categoría se incluye todo el perímetro del Monte La Sierra con una anchura de 400 metros, así como la Zona de Influencia paralela al cauce del Río Fahala y Arroyo de la Villa, con igual anchura a ambos lados. Éstas tres zonas están sujetas a condiciones particulares para la realización de quema de residuos agrarios.
Las épocas de riesgo de incendios forestales durante el año se clasifican en:
- Época de Peligro ALTO: Del 1d e julio al 30 de septiembre
- Época de Peligro MEDIO: 1 de mayo al 30 de junio y del 1 de octubre al 31 de octubre
- Época de Peligro BAJO: 1 de enero al 30 de abril y del 1 de noviembre al 31 de diciembre
Durante la ÉPOCA DE PELIGRO MEDIO Y ALTO (desde el 1 de Mayo al 31 de Octubre), para las actuaciones de uso del fuego para la quema de rastrojos, pastos, residuos, carboneo o para cualquier otra actividad agraria:
Durante la ÉPOCA DE PELIGRO BAJO (1 de enero al 30 de abril y del 1 de noviembre al 31 de diciembre), para las actuaciones de uso del fuego para la quema de rastrojos, pastos, residuos, carboneo o para cualquier otra actividad agraria:
Para las solicitudes de quema de residuos vegetales en SUELO URBANO Y URBANIZABLE, es necesario autorización previa por parte de este Ayuntamiento conforme al Art. 60 de la Ordenanza en materia medioambiental de este Ayuntamiento. Para ello será necesario disponer de los siguientes datos: dirección de la parcela, referencia catastral, superficie, persona responsable de la quema. Durante la época de peligro medio-alto ESTA PROHIBIDO la quema de residuos en suelo urbano y urbanizable.
Fechas y plazos de solicitud
En cualquier momento, siempre con una antelación mínima de 15 días.
Documentación necesaria
Solicitud por escrito con los datos personales de la persona interesada, incluyendo específicamente:
- Término Municipal
- Situación (plano de situación)
- Accesos a la finca
- Extensión aproximada a quemar o ubicación de la realización de la quema
- Cantidad de residuos objeto de quema
- Días y horas previstos para la quema
Procedimiento
El Procedimiento para realizar la siguiente gestión municipal, dependerá del lugar donde se ubique la finca y del periodo de la quema:
Horas y días para la realización de la quema
Obligaciones y Precauciones
Se prohíbe durante todas las épocas del año en los Terrenos Forestales y Zonas de Influencia Forestal:
a) Encender fuego para cualquier uso distinto de la preparación de alimentos en los lugares expresamente acondicionados al efecto con las excepciones previstas en el Decreto 247/2001, de 13 de Noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales.
b) Arrojar o abandonar cerillas, colillas, cigarros u objetos en combustión.
c) Arrojar o abandonar sobre el terreno, papeles, plásticos, vidrios o cualquier tipo de residuo o basura y, en general, material combustible o susceptible de originar un incendio.
Se prohíbe en los montes de titularidad privada durante las épocas de Peligro medio y alto, circular con vehículos a motor fuera de las vías expresamente previstas para los mismos, siempre que no resulte imprescindible para el desarrollo de las actividades de explotación del monte, de las funciones de vigilancia medioambiental o de los servicios de emergencia. En los montes públicos se estará a lo dispuesto en el artículo 104.2 del Decreto 208/1997, de 9 de septiembre.
Cualquier ciudadano/a que desee realizar quemas de vegetación agraria en terrenos agrícolas de su propiedad, en Zona de Influencia Forestal o en terrenos forestales dentro del Término Municipal de Alhaurín el Grande.
8:00 - 14:30
Registro Central del Ayuntamiento de Alhaurín el Grande
El plazo de tramitación es de 0 -1
Ayuntamiento de Alhaurín el Grande
Solicitud de quema en suelo Urbano o Urbanizable
Tipo de archivo: PDF |
Idioma: Castellano
Fecha última modificación: 14 de octubre de 2014 a las 13:49
Ayuntamiento de Alhaurín el Grande
Plaza
del Convento
.
29120
Alhaurín el Grande
(Málaga)
Teléfono: 952 49 00 00
| Fax: 952 49 02 52
Correo electrónico: web@alhaurinelgrande.net